Acciones Institucionales | Viernes, 20 de Abril de 2012
LA CAC PARTICIPO DE LA REUNION DEL CONSEJO CONSULTIVO ADUANERO
Se informó que a partir del 1º de mayo será exigible para el despacho aduanero el identificador tributario del proveedor extranjero y que podría aplicarse a la mercadería ya embarcada.

La Cámara Argentina de Comercio, a través de la Vicepresidente de la Comisión Asesora Interna de Importaciones y Exportaciones, Dra. Ana Sumcheski, participó de la Reunión del Consejo Consultivo Aduanero, realizada el día de ayer, que contó con la presencia de la Directora General de Aduanas, Siomara Ayerán.

El encuentro fue convocado con el objeto de tratar los siguientes temas: Declaración del Identificador Tributario del Proveedor Extranjero y Mercaderías sensibles para la industria local (Res. Gral. AFIP 3304/12).

En referencia al primer tema, la Directora General de Aduanas, anticipó a los miembros del Consejo Consultivo que a partir del 1º de mayo del año en curso será obligatoria la declaración del número que identifica tributariamente al proveedor del exterior. Dicha información será exigible al momento de oficializar el despacho de importación de las mercaderías.

Asimismo, se comprometieron a remitir a la Cámara Argentina de Comercio el instructivo que implementará tal requisito, información que será difundida una vez recibida. No obstante, se sugiere anticiparse y solicitar el dato en cuestión a los proveedores del exterior y así evitar demoras en la nacionalización de las mercaderías importadas.

Para acceder a la presentación brindada por la Dirección General de Aduanas (click aquí)

Respecto a las mercaderías sensibles para la industria local, se decidió instrumentar un sistema de contacto directo de la Aduana con las Cámaras y representaciones sectoriales, a los fines de agilizar el control de ciertas mercaderías que resulten indispensables para el desarrollo de la industria nacional, de acuerdo a la propuesta presentada por el Foro PYMES de Aduana. Mediante este mecanismo, las Instituciones podrán informar a la Subdirección General de Control Aduanero las mercaderías que consideren sensibles para la actividad industrial, indicando la Razón Social del importador, CUIT, Posición Arancelaria, una breve descripción de la mercadería y el destino del producto terminado (consumo interno, exportación, etc.).  

La información podrá enviarse a las siguientes direcciones de correo: Subdirección General de Control sminisini@afip.gob.ar y Dirección de Gestión del Riesgo: gestiondelriesgo@afip.gob.ar y mamelendez@afip.gob.ar"; y el servicio aduanero lo tomará en cuenta al determinar la exigencia o no del control exhaustivo sobre dicha mercadería.  

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