Martes 5 de septiembre de 2023
Laborales
Informes

Día del Empleado de Comercio 2023

La fecha sería el lunes 25 de septiembre y los establecimientos no estarán obligados a cerrar, pero deberá acordarse una modalidad de trabajo para dicha jornada festiva.

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La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informa que la conmemoración del Día del Empleado de Comercio, dispuesta para el día 26 de septiembre –conforme a la Ley  26.541–, se trasladaría este año al lunes 25 de septiembre. Se espera que en las próximas horas las partes signatarias del CCT 130/75 acuerden la modificación. 

Por otra parte, la CAC destaca que este festejo en nada afecta la apertura de los comercios cuando éstos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada.

Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 25, con todos los efectos y alcances de la mencionada ley, que asimila la conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.

Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de remuneración se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal.

La CAC recuerda que queda a criterio de los empleadores y sus dependientes (comprendidos en el CCT 130/75), la posición a adoptar al respecto.

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