Impuesto a las Ganancias: Satisfacción de la CAC por la modificación en el esquema de anticipos
A través de la Resolución General N° 5685, ARCA estableció un esquema más beneficioso para el sector, especialmente para las MiPyMEs.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) expresa su satisfacción por la publicación de la Resolución General N° 5685 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que establece el nuevo esquema de anticipos del impuesto a las ganancias, tanto para personas jurídicas como para personas humanas.
La normativa introduce una modificación al régimen vigente para personas jurídicas, reemplazando el sistema anterior —que contemplaba un primer anticipo del 25% y nueve pagos mensuales del 8,33%— por un esquema de nueve anticipos iguales del 11,11%, calculados en todos los casos sobre la base determinada por los resultados impositivos y las deducciones computables del ejercicio anterior.
Este cambio resulta beneficioso, ya que evita que un gran número de empresas, entre ellas las pequeñas y medianas no calificadas formalmente como MiPyMEs, deban afrontar el esfuerzo financiero de abonar, en un corto lapso, tanto el saldo del impuesto del ejercicio anterior como el primer anticipo de un 25%.
No obstante, y si bien las diferencias no son sustanciales, la CAC considera apropiado mantener el régimen previo para las MiPyMEs, que establece diez anticipos iguales del 10%, con el fin de no agravar la carga financiera de este sector particularmente sensible.
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